PERCICH ROXANA MARIEL c/ RATAZZI Y CIA. S.R.L. Y OTROS s/ORDINARIO
La actora promovió demanda solicitando la nulidad de sentencia, regulación de honorarios, auto de venta y del proceso supuestamente fraudulento iniciado por su padre. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la demanda argumentando la convalidación tácita de los actos cuestionados.
- Actora: Roxana Mariel Percich, en carácter de heredera de Ezio Percich.
- Demandados: Ratazzi y Cía S.R.L., Dr. Trussi, Dra. Jusri y Dr. Maman.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitar la nulidad de sentencia, regulación de honorarios, auto de venta y del proceso iniciado por Ezio Percich contra Ratazzi y Cía. S.R.L., por considerar que contenía firmas apócrifas de su padre.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que, si bien algunos escritos contenían firmas falsas, el padre de la actora conocía la existencia del juicio y no lo cuestionó oportunamente, lo que implica una convalidación tácita de lo actuado. Asimismo, la actora incurrió en extemporaneidad al plantear la nulidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó que, si bien los escritos con firmas apócrifas deben considerarse actos inexistentes, aplicar esta doctrina de modo absoluto implicaría una solución injusta al privar al letrado de la contraparte de su derecho a cobrar los honorarios devengados, cuando éste nada pudo hacer para prevenir la situación. Consideró que el padre de la actora conocía la existencia del pleito, contrató un perito y realizó algunas presentaciones, lo que implica una convalidación tácita. Asimismo, la actora incurrió en extemporaneidad al plantear la nulidad, excediendo ampliamente el plazo de 5 días previsto en el art. 170 CPCCN.
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