CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOC. CIVIL PARA SU DEFENSA c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A. s/ORDINARIO
La asociación de consumidores demandó al banco por el cobro de comisiones e intereses excesivos por sobregiros en cuentas corrientes. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y ordenó al banco cesar el cobro de comisiones por sobregiros cuando se superponen con intereses, debiendo además restituir lo cobrado indebidamente.
¿Quién es el actor?
Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa
¿A quién se demanda?
Banco de la Provincia de Córdoba S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución de comisiones cobradas por "riesgo contingente" y/o "exceso de acuerdo" y cuestionar tasas de interés por descubiertos
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Se ordenó al banco cesar el cobro de comisiones por sobregiros cuando se superponen con intereses, debiendo restituir lo cobrado indebidamente. Se rechazó el reclamo por tasas de interés abusivas.
Fundamentos relevantes:
- El plazo de prescripción aplicable es de 3 años conforme la Ley de Defensa del Consumidor.
- La asociación actora tiene legitimación para representar a todos los cuentacorrentistas personas físicas y jurídicas que detenten la calidad de "consumidores".
- El cobro de comisiones por "exceso/utilización de descubierto con/sin acuerdo" cuando se superpone con el cobro de intereses, importa una indebida duplicación de cargos.
- Las tasas de interés cobradas por el banco no resultaron abusivas.
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