DEMELFOR S.A. c/ CAROGRAN S.A. s/ORDINARIO
La empresa Demelfor S.A. promovió demanda por cobro de facturas impagadas contra Carogran S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la deudora debe cancelar la deuda mediante transferencia bancaria en los términos pactados originalmente.
¿Quién es el actor?
Demelfor S.A., empresa exportadora uruguaya
¿A quién se demanda?
Carogran S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de la suma de U$S 120.200,19 correspondiente a tres facturas impagas por operaciones de compraventa internacional de arroz parbolizado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena a Carogran S.A. al pago de U$S 97.720 más intereses al 2% anual desde el vencimiento de cada factura. Modificó la modalidad de pago, ordenando que sea mediante transferencia bancaria a la cuenta de Demelfor S.A. en Uruguay, según lo originalmente pactado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la imposibilidad de pago alegada por Carogran S.A. no encuadraba en la causal de exoneración por fuerza mayor prevista en la Convención de Viena, ya que el problema provenía de una causa atribuible a la propia demandada (pérdida de documentación aduanera). Por otro lado, resolvió que el pago mediante transferencia bancaria era la modalidad acordada por las partes y no correspondía modificarla.
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