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CAROLLO ANTONIO DANIEL c/ LIDERAR CIA. GRAL. DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por incumplimiento de contrato de seguro. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la demanda al considerar aplicable la prescripción anual de la Ley de Seguros y no el plazo de tres años de la Ley de Defensa del Consumidor.

Ley de seguros Prescripcion Ley de defensa del consumidor Contrato de seguro Ley especial Ley general


¿Quién es el actor?

Antonio Daniel Carollo

¿A quién se demanda?

Liderar Compañía General de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de contrato de seguro sobre vehículo Ford F 100.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda al considerar prescrito el reclamo conforme el plazo anual de la Ley de Seguros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la prescripción debe regirse por la ley especial de seguros (Ley 17.418) y no por la Ley de Defensa del Consumidor, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
- Señaló que la Ley de Seguros, como normativa específica, prevalece sobre la Ley de Defensa del Consumidor, que tiene carácter general.
- Indicó que el plazo de prescripción debe vincularse a la causa de la obligación reclamada, que en este caso es el contrato de seguro y no un contrato de consumo.

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