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CAJA DE SEGUROS S.A. c/ COTO C.I.C.S.A. s/ORDINARIO

La aseguradora promovió demanda contra el supermercado por el hurto de un automóvil estacionado en su playa de estacionamiento. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Responsabilidad civil Deber de seguridad Subrogacion Hurto Estacionamiento Supermercado Custodia

Cobro de indemnización pagada al asegurado por hurto de su automóvil en la playa de estacionamiento del supermercado.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que el hurto del automóvil ocurrió en la playa de estacionamiento del supermercado, lo cual genera su responsabilidad al ofrecer ese servicio como accesorio a su actividad principal.
- Los centros comerciales y supermercados tienen el deber de custodiar los vehículos estacionados en sus predios, más allá de que existan carteles de deslinde de responsabilidad.
- La citación del tercero (empresa de seguridad) no lo convierte en sujeto pasivo de la condena si no fue demandado por el actor.

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