SOUTO JUAN MANUEL c/ AUTO SPECIAL S.A. s/SUMARISIMO
El actor reclamó el cumplimiento de un contrato de compraventa de un vehículo. La Cámara confirmó la sentencia que condenó a la concesionaria a entregar el rodado al precio originalmente pactado.
Cumplimiento de contrato de compraventa de un vehículo Ford Focus
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a la concesionaria a entregar el vehículo al precio originalmente pactado. La Cámara consideró que el documento firmado por las partes constituía un contrato de compraventa, no una mera reserva unilateral. Señaló que las cláusulas debían interpretarse a favor del consumidor, siendo inaceptable que la concesionaria pudiese variar indefinidamente las condiciones de venta. Además, entendió que el silencio de la demandada equivalía a la aceptación de la reserva, por lo que incumplió al no entregar el vehículo en el plazo pactado. El juez Machin, en disidencia, consideró que dado que el actor no pagó el saldo total del precio, ejercía un abuso de derechos al pretender la entrega del vehículo a un precio inferior al actual de mercado.
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