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Incidente Nº 1 - INCIDENTISTA: ACCION DE REVOCATORIA CONCURSAL C/GARIZZIO PEDRO GERMAN Y OTRO Y OTROS s/INCIDENTE

La síndico de la quiebra de Alberto Jaime Hurovich demandó la ineficacia de la venta del inmueble realizada por Hurovich a Garizzio y de la posterior venta de Garizzio a Arroyo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

Buena fe Inoponibilidad Apariencia juridica Quiebra Ineficacia


¿Quién es el actor?

Síndico designado en la quiebra de Alberto Jaime Hurovich
- Demandados: Pedro Germán Garizzio y Gabriela Elba Arroyo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar la nulidad y "inexistencia" de la venta del inmueble de Hurovich a Garizzio, y la ineficacia de la posterior venta de Garizzio a Arroyo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia y rechazó la demanda. Consideró que no se probó que Arroyo tuviera conocimiento de la quiebra de Hurovich al momento de la compra, por lo que no correspondía declarar la ineficacia de esa operación. Además, señaló que la nulidad o "inexistencia" de la primera venta no podía prosperar al no haber sido Hurovich demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La nulidad y "inexistencia" de la primera venta no puede declararse sin demandar al fallido Hurovich, quien era parte de esa operación.
- La ineficacia de la segunda venta a Arroyo no puede sustentarse en la nulidad de la primera, al no estar demostrado que Arroyo conociera la situación de quiebra de Hurovich.
- Las omisiones registrales no permiten presumir que Arroyo tenía conocimiento de la quiebra, debiendo primar la apariencia jurídica y la seguridad del tráfico comercial.

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