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GORBATIK EZEQUIEL MARIANO c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por robo de los valores contenidos en su caja de seguridad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia, disminuyendo los montos indemnizatorios.

Dano moral Intereses Deber de seguridad Responsabilidad contractual Robo Caja de seguridad

Restitución de dólares, euros, alhajas y resarcimiento por daños y perjuicios derivados del robo de su caja de seguridad

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando al banco a indemnizar al actor por $138.200 en dólares y $140.000 en pesos (incluyendo $80.000 por daño moral). Se rechaza parte de los montos reclamados por falta de acreditación. Principales fundamentos:
- El banco incumplió el deber de seguridad y no logró acreditar caso fortuito o fuerza mayor que lo eximan de responsabilidad.
- Se admite indemnización por el dinero efectivamente acreditado que se encontraba depositado en la caja, pero se rechazan algunos montos por falta de prueba.
- Se reduce el monto por daño moral a $80.000.
- Se fija una tasa de interés del 6% anual sobre la condena en dólares.
- Las costas son impuestas a la demandada por ser la parte sustancialmente vencida.

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