SIGMA IMAGENES MEDICAS S.A. c/ SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA HOSPITAL ESPAÑOL s/ORDINARIO
Sigma Imágenes Médicas S.A. reclama el pago de facturas por prestaciones asistenciales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modifica la sentencia y establece que los intereses deben correr desde la fecha de recepción de cada factura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Sigma Imágenes Médicas S.A. demandó a Sociedad Española de Beneficencia
- Hospital Español por el cobro de facturas correspondientes a prestaciones asistenciales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago de $265.382,04 más intereses.
Ambas partes apelaron. La actora cuestionó el cálculo de los intereses, entendiendo que debían correr individualmente a partir de la mora de cada factura. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, por unanimidad, hizo lugar a este agravio. Consideró que al no haberse pactado un plazo de pago, este debía realizarse "al contado" y que la mora se produce a los 10 días de la recepción de cada factura, según lo dispuesto en el Código de Comercio. Por lo tanto, modificó la sentencia para que los intereses corran a partir del décimo día de la recepción de cada factura y hasta su efectivo pago.
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