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TORRES BAEZ AUGUSTO LUIS c/ TAM LINHAS AEREAS S.A. s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la recisión del contrato de agencia con Tam Linhas Aereas S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y amplió los rubros indemnizatorios reconocidos.

Dano moral Rescision contractual Preaviso Clientela Contrato de agencia Comisiones


¿Quién es el actor?

Augusto Luis Torres Báez

¿A quién se demanda?

Tam Linhas Aereas S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por recisión del contrato de agencia

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, modificando la sentencia de primera instancia para:
- Ordenar que las comisiones adeudadas al actor se liquiden sobre los importes brutos del total de las operaciones concertadas.
- Reconocer el derecho a percibir comisiones por las ventas realizadas por 4 agencias adicionales que operaban en la zona exclusiva asignada al actor.
- Admitir el reclamo indemnizatorio por clientela, fijando el monto en el equivalente a 6 meses de ganancia neta.
- Confirmar el rechazo de los rubros por lucro cesante y daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las comisiones deben liquidarse sobre importes brutos y no netos, ya que la retribución del agente se pacta usualmente sobre las ventas brutas.
- El actor tenía derecho a percibir comisiones por las ventas de las agencias ubicadas en su zona exclusiva.
- Procede la indemnización por clientela al haberse acreditado que la actuación del actor incrementó significativamente el giro de operaciones de la demandada.
- No se acreditó la existencia de daño moral, pues en el ámbito contractual su procedencia requiere una prueba estricta.

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