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MAGGIO , LORENA FERNANDA c/ CLAMA S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por incumplimiento de un precontrato de compraventa de un automóvil. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia aumentando el monto del daño moral y fijando el inicio del cómputo de los intereses.

Dano moral Dano emergente Intereses moratorios Incumplimiento Precontrato Responsabilidad del concedente


¿Quién es el actor?

Lorena Fernanda Maggio
- Demandados: Clama S.A. y Renault Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incumplimiento de un precontrato de compraventa de un automóvil Kangoo.

¿Qué se resolvió?


- Se hizo lugar parcialmente a la demanda contra Clama S.A., condenándola al pago de $16.145 por daño emergente y $15.000 por daño moral.
- Se rechazó la demanda contra Renault Argentina S.A. por falta de acción.
- Se modificó la sentencia en cuanto al inicio del cómputo de los intereses moratorios sobre el daño moral, que se fijó desde el 20/5/2010.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El documento suscripto por la actora constituye un precontrato, cuyas cláusulas predispuestas fueron desplazadas por la estipulación manuscrita sobre el plazo de entrega.
- Clama S.A. incurrió en incumplimiento negligente al no entregar el vehículo en el plazo acordado, lo que frustró las expectativas de la actora.
- No se probó conducta antijurídica de Renault Argentina S.A. que justifique su responsabilidad por el incumplimiento del concesionario.
- Procede el daño moral por la frustración de la actora y el trato indigno recibido, pero los intereses moratorios deben correr desde la intimación de cumplimiento.
- No corresponde el daño punitivo por no configurarse los supuestos de especial gravedad y culpa grave requeridos.

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