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BIVAS , SARA ADELA c/ ADMINISTRAR SALUD S.A. (UAI MEDICINA PREPAGA) s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la rescisión ilegítima de un contrato de medicina prepaga. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto del daño punitivo.

Dano moral Danos y perjuicios Medicina prepaga Dano punitivo Derechos del consumidor Rescision contractual


¿Quién es el actor?

Sara Adela Bivas

¿A quién se demanda?

Administrar Salud S.A. (UAI Medicina Prepaga)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de la rescisión ilegítima del contrato de medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que existía un contrato válido entre las partes y que la rescisión unilateral por parte de la prepaga fue ilegítima. Condenó a la prepaga a abonar a la actora la suma de $118.027,28 en concepto de daño material, daño moral y daño punitivo, elevando este último rubro. La Cámara consideró que la prepaga incumplió el contrato y vulneró los derechos del consumidor al dejar sin cobertura a la actora, quien padecía síntomas compatibles con cáncer. Además, la conducta posterior de la prepaga al seguir facturando las cuotas luego de la desafiliación agravó el daño moral. Por ello, elevó el monto del daño punitivo.

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