CUCARESE MARIA DEL CARMEN c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO
La actora demandó al banco por robo de joyas y dinero de su caja de seguridad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia, reduciendo los montos indemnizatorios por algunas de las sumas reclamadas.
¿Quién es el actor?
María del Carmen Cucarese
¿A quién se demanda?
Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por robo de joyas y dinero de la caja de seguridad de la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del banco, pero redujo parcialmente los montos indemnizatorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) El contrato de caja de seguridad implica una obligación de resultado para el banco, por lo que no puede eximirse de responsabilidad salvo caso fortuito o fuerza mayor. El robo no constituye un caso fortuito. 2) Respecto al dinero en efectivo, se reconoció indemnización parcial (60%) de los montos reclamados por las sociedades de la actora, y el total de los euros. No se reconoció la indemnización por el dinero proveniente de una venta inmobiliaria por falta de prueba. 3) Respecto a las joyas, se redujo el monto indemnizatorio de acuerdo al valor tasado por el perito. 4) Se confirmó la procedencia de la indemnización por daño moral.
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