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ALCLA S.A.C.I.F.I. Y A. c/ OMINT S.A. DE SERVICIOS s/ORDINARIO

La empresa de medicina prepaga fue condenada a pagar los gastos de internación de un menor desafiliado, por incumplir su deber de colaboración en la derivación del paciente a otro centro.

Medicina prepaga Buena fe contractual Deber de colaboracion Obligaciones accesorias Redes contractuales

Cobro de $1.414.508,12 por gastos de internación de un menor desafiliado

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia y se condenó a la demandada a pagar los gastos reclamados

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La empresa de medicina prepaga tenía legitimación pasiva por su relación contractual con el prestador, más allá de la desafiliación del paciente
- La prepaga incumplió su deber de colaboración al no gestionar el traslado del paciente luego de la desafiliación, pese al requerimiento del prestador
- La prepaga tiene un deber de colaboración por ser la organizadora de la red de prestaciones de salud, de acuerdo a la buena fe contractual

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