Logo

GUIRAGO PAEZ JORGE DANIEL c/ PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

El actor demandó a las empresas por vicios de fábrica de un vehículo que derivaron en un accidente. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó la existencia de un defecto de fabricación.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Defensa del consumidor Pericia tecnica Vicios de fabricacion

Indemnización por daños personales y materiales, y entrega de un vehículo nuevo, derivados de un accidente ocurrido por un supuesto vicio de fabricación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Los peritos concluyeron que el accidente se debió a un impacto lateral en la rueda y no a un defecto de fabricación, por lo que las demandadas no tienen responsabilidad objetiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La prueba pericial no acreditó la existencia de un vicio o defecto de fabricación que causara el accidente, por lo que no se configura la responsabilidad objetiva prevista en el art. 40 de la Ley de Defensa del Consumidor. Los demandados no tienen responsabilidad al haberse demostrado que la causa del daño les fue ajena.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar