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ASOCIACION PROTECIÓN CONSUMIDORES DEL MERCADO COMUN DEL SUR (PROCONSUMER) c/ O.S.D.E. (ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS) s/SUMARISIMO

La asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer) demandó a OSDE por aumentos de cuotas sin autorización y sin informar adecuadamente a los afiliados. La Cámara revocó la sentencia y ordenó la devolución de los aumentos indebidos y la aplicación de una multa civil.

Obra social Medicina prepaga Dano punitivo Deber de informacion Multa civil Consumidores Aumentos de cuota

Devolución de aumentos de cuotas de planes de medicina prepaga aplicados sin autorización y sin informar adecuadamente a los afiliados

¿Qué se resolvió?

Se revoca la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Se ordena la devolución de los aumentos indebidos a los afiliados adherentes y titulares de planes superadores del PMO, mediante descuentos en cuotas o pagos, según corresponda. Además, se impone a OSDE una multa civil de $3.000.000 por incumplimiento del deber de información. Principales fundamentos:
- Las obras sociales que ofrecen planes superadores del PMO y adherentes voluntarios están sujetas a la Ley de Defensa del Consumidor.
- OSDE incumplió con su deber de informar a los afiliados sobre los aumentos de cuotas de manera clara, previa y fehaciente, según lo exigido por la normativa.
- Corresponde aplicar una multa civil como sanción a OSDE por la gravedad de su conducta, que evidenció desprecio por los derechos de sus afiliados.

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