CONCETTI, MARCELO FABIAN c/ BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por incumplimiento contractual contra el Banco Ciudad de Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y admitió parcialmente los reclamos por daño moral y daño punitivo.
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al banco a pagar indemnizaciones por daño moral ($15.000) y daño punitivo ($20.000). Consideró que el banco incumplió al no prever contractualmente las causales de suspensión del servicio de tarjeta de crédito y omitir informar al cliente sobre dicha suspensión.
Fundamentos relevantes:
- El banco incumplió al no prever contractualmente las causales de suspensión del servicio de tarjeta de crédito, en infracción al art. 6 inc. ñ de la Ley de Tarjeta de Crédito.
- La suspensión unilateral del servicio sin previsión contractual y sin informar al cliente vulnera el deber de información del art. 4 de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Procede el daño moral por los trastornos y angustia generados al consumidor por la suspensión intempestiva del servicio.
- Procede el daño punitivo por la grave inconducta del banco al desatender los deberes legales y contractuales.
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