Logo

CAPIL S.A. c/ MARFRIG ARGENTINA S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

La actora promovió demanda por daños derivados de la rescisión anticipada de un contrato de subarrendamiento. La Cámara revocó el laudo arbitral y declaró la incompetencia del Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

Orden publico Arrendamiento rural Incompetencia Prorroga de jurisdiccion Arbitraje


¿Quién es el actor?

Capil S.A.

¿A quién se demanda?

Marfrig Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por rescisión anticipada de contrato de subarrendamiento y nulidad de cláusula rescisoria.

¿Qué se resolvió?

Se revocó el laudo arbitral que había admitido parcialmente la demanda de Capil S.A. y condenado a Marfrig Argentina S.A. al pago de una indemnización. La Cámara declaró la incompetencia del Tribunal Arbitral. Los fundamentos principales fueron:
- La ley 13.246 de arrendamientos rurales tiene normas de orden público, entre ellas la prohibición de prorrogar la jurisdicción, por lo que el compromiso arbitral pactado es nulo.
- Si bien la ley 13.246 perseguía tutelar al arrendatario como la parte más débil, los cambios en el sector agropecuario permiten cuestionar esa premisa en algunos casos, como el presente, donde ambas partes son grandes empresas.
- No corresponde declarar de oficio la incompetencia cuando es el arrendador quien la invoca, pues la norma busca proteger al arrendatario.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar