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BUSTAMANTE, ROBERTO HORACIO Y OTRO c/ BUONANOTTE, DIEGO MARIO s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por cumplimiento de contrato de gestión deportiva. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y condenó al demandado al pago de la suma adeudada.

Reconocimiento de deuda Representacion de jugadores Contrato de gestion deportiva Contratos con menores Transferencia de futbolistas


¿Quién es el actor?

Horacio R. Bustamante y Fussball S.A.

¿A quién se demanda?

Diego M. Buonanotte

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de suma devengada por contrato de gestión deportiva

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó al demandado al pago de la suma adeudada. Los principales fundamentos de la Cámara fueron:
- El contrato suscripto por los padres del demandado cuando este era menor de edad debe ser considerado un reconocimiento de deuda, no un contrato de agencia deportiva.
- Se acreditó el cumplimiento de las condiciones pactadas para la exigibilidad de la deuda (transferencia del jugador al exterior y representación por IMG).
- Corresponde condenar al demandado al pago del 5% de los importes percibidos por sus transferencias al exterior, pero no procede la cláusula penal reclamada.

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