LINEAS DELTA ARGENTINO S.R.L. s/CONCURSO PREVENTIVO
Juzgado de primera instancia difiere la regulación de honorarios de síndico hasta que se fijen los de la primera instancia, a fin de respetar la proporcionalidad entre ambas etapas.
¿Quién es el actor?
Síndico
¿A quién se demanda?
No aplicable
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios del síndico
¿Qué se resolvió?
El tribunal difiere la regulación de los honorarios de alzada hasta tanto se establezcan los correspondientes a la primera instancia, a fin de respetar la proporcionalidad entre las retribuciones de ambas instancias, conforme el art. 14 de la Ley 21.839.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No corresponde fijar los honorarios de alzada hasta tanto sean establecidos los correspondientes a la primera instancia, pues la adopción de un temperamento diverso haría peligrar la proporcionalidad que el art. 14 de la ley 21.839 (t,o, por ley 24.432) manda respetar entre la retribución de los trabajos habidos en ambas instancias."
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