FERNANDEZ, JULIA c/ BBVA BANCO FRANCES S.A. s/ORDINARIO
La actora demandó a la entidad bancaria por la retención indebida de fondos provenientes de la acreditación de cuotas de capital de títulos públicos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el período de cómputo de intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora era titular de un plazo fijo en dólares en el Banco Francés, que fue alcanzado por la pesificación durante la crisis económica. Los fondos fueron transferidos a una cuenta custodia y convertidos a Cedros.
- La actora reclamó la devolución de los fondos y el pago de intereses por la retención indebida.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al banco a pagar los intereses desde cada vencimiento de las cuotas de capital de los Cedros hasta el pago total.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia, determinando que los intereses deben computarse desde el vencimiento de las cuotas hasta el 30/10/2013, cuando el banco acreditó los fondos en la cuenta de la actora. Además, estableció que la liquidación de intereses debe ser realizada por las partes y no por el perito.
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