COSENA SEGUROS S.A. c/ COVELIA S.A. s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por el cobro de las primas adeudadas por la tomadora de pólizas de seguro de caución. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia y condenó a la demandada al pago del monto total reclamado, al considerar que la emisión de los endosos de refacturación fue legítima ante la falta de comunicación del cese del riesgo asegurado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Cosena Seguros S.A., demandó a Covelia S.A. por el cobro de primas adeudadas de pólizas de seguro de caución.
- La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Covelia al pago de $447.940,33.
- Cosena apeló, argumentando que las primas se siguieron devengando hasta que Covelia comunicara el cese del riesgo y devolviera las pólizas.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia y condenó a Covelia al pago de $1.124.701,76, al considerar que la emisión de los endosos de refacturación era legítima ante la falta de comunicación del cese del riesgo.
- La Cámara concluyó que en el seguro de caución, el tomador queda obligado al pago de las primas hasta que informe la extinción de sus obligaciones y devuelva las pólizas, lo cual Covelia no acreditó.
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