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RODEOS S.A. s/QUIEBRA

El fallido apeló la resolución que ordenó concluir la quiebra condicionado al depósito de una garantía. La Cámara modificó la resolución de primera instancia para determinar un nuevo monto de la garantía que incluye conceptos que deben ser cubiertos para la conclusión de la quiebra.

Costas Honorarios Gastos Quiebra Garantia Conclusion Activo


¿Quién es el actor?

El fallido

¿A quién se demanda?

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- Objeto de la demanda: Apelación de la resolución que ordenó concluir la quiebra
- Decisión del tribunal: Se modifica la resolución de primera instancia para determinar un nuevo monto de la garantía que incluye: i) tasa de justicia; ii) crédito de AFIP; iii) honorarios de letrados; iv) gastos de conservación, administración y continuación de la explotación; v) costas judiciales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La garantía no debe ser únicamente un depósito en dinero, puede ser una garantía suficiente.
- Los gastos y costas judiciales deben estar cubiertos por la garantía para la conclusión de la quiebra.
- El monto de la garantía debe incluir los conceptos señalados, con más sus accesorios.
- La base para la regulación de honorarios debe incluir el activo realizado y prudencialmente estimado, sin considerar indexación por dólar.

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