SWING CAR S.A. c/ KIA ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO
La letrada Mariana Silvina Real apeló el rechazo de su pedido de embargo por falta de intimación previa a la demandada Kia Argentina S.A. para pagar el IVA de sus honorarios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Swing Car S.A.
¿A quién se demanda?
Kia Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso ordinario
¿Qué se resolvió?
Se rechazan los recursos de apelación interpuestos tanto por la letrada Mariana Silvina Real como por la demandada Kia Argentina S.A.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- La intimación previa a la demandada es un requisito ineludible para proceder a la ejecución del crédito por IVA de los honorarios, pues recién a partir de allí la obligada se encuentra en mora.
- La demandada no tenía conocimiento de la condición de responsable inscripto de la letrada hasta la notificación efectuada, por lo que no podía encontrarse en mora con anterioridad.
- La normativa de AFIP exime a los profesionales que perciben honorarios por vía judicial de tener que emitir factura, por lo que no era exigible a la letrada que acompañe dicho comprobante.
- Los cuestionamientos de la demandada sobre la distribución de honorarios entre los profesionales son extemporáneos, ya que no los planteó oportunamente.
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