FIANZAS Y CREDITO S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS c/ HITO S.A. s/ORDINARIO
La aseguradora demandó a la empresa por cobro de primas impagas de pólizas de seguro de caución. La Cámara confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda y aplicó la prescripción anual prevista en la Ley de Seguros.
¿Quién es el actor?
Fianzas y Crédito S.A. Compañía de Seguros
¿A quién se demanda?
Hito S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de presuntos endosos de primas impagos de pólizas de seguros de caución
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que admitió parcialmente la demanda. Consideró que en los seguros de caución las primas adeudadas son independientes entre sí y nacen con cada período de cobertura, por lo que el plazo de prescripción es anual y se computa desde el inicio de cada período. Rechazó el planteo de la actora de considerar a las primas como "pagaderas en cuotas" con un plazo de prescripción general.
Los fundamentos principales fueron:
- En los seguros de caución el precio (prima) no puede dividirse en cuotas dada la incertidumbre sobre la duración del contrato.
- Las primas adeudadas son obligaciones independientes que van naciendo con cada nuevo período de cobertura.
- La prima se calcula en función del riesgo asegurado, que varía en el tiempo, y por ello no puede considerarse un precio único dividido en cuotas.
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