OTERO, JULIAN ESTEBAN c/ COLINAS DEL TIEMPO S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por nulidad de decisiones adoptadas en la Asamblea General Ordinaria de Colinas del Tiempo S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de la decisión asamblearia de aprobar los estados contables correspondientes a los ejercicios finalizados los días 30/06/2016 y 30/06/2017.
¿Quién es el actor?
Julián Esteban Otero, accionista de Colinas del Tiempo S.A.
¿A quién se demanda?
Colinas del Tiempo S.A.
- Objeto de la demanda: Nulidad de decisiones adoptadas en la Asamblea General Ordinaria iniciada el 28/11/2017 y concluida el 19/12/2017, respecto de la aprobación de la dispensa al directorio del cumplimiento de la resolución IGJ 06/2006, la aprobación de los estados contables de los ejercicios cerrados el 30/06/2016 y 30/06/2017, la aprobación de la gestión del directorio y la distribución de dividendos.
- Decisión del tribunal: Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la nulidad de la decisión asamblearia de aprobar los estados contables correspondientes a los ejercicios finalizados los días 30/06/2016 y 30/06/2017, por encontrarse acreditadas irregularidades en la información y composición de los cuadros de gastos y notas de los mismos, que vulneraron el derecho de información del accionista. Se confirmó el resto de las cuestiones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La dispensa a los directores de confeccionar la memoria según la resolución IGJ 06/2006 otorgada en 2010 se encontraba vigente, por lo que su tratamiento en la Asamblea de 2017 no fue aprobado por falta de unanimidad.
- Se acreditaron irregularidades en la información sobre composición de gastos y notas de los estados contables impugnados, que vulneraron el derecho de información del accionista, lo que justifica declarar la nulidad de su aprobación.
- La nulidad de balances anteriores no implica necesariamente la nulidad de los posteriores, sino que deberá analizarse el efecto de la rectificación en los ejercicios siguientes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: