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PANIAGUA, JOVITA MARIA c/ ADMINISTRAR SALUD s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato de prestaciones médicas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó el monto de la indemnización por daño moral y daño punitivo.

Dano moral Medicina prepaga Dano punitivo Seguridad social Rescision contractual Preexistencia de enfermedad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Jovita María Paniagua, demandó a Administrar Salud S.A. por daños y perjuicios derivados del incumplimiento del contrato de prestaciones médicas.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Administrar Salud S.A. a pagar $ 209.000 en concepto de indemnización.
- Ambas partes apelaron la sentencia.
- La Cámara confirmó lo sustancial de la sentencia, pero redujo el monto de la indemnización por daño moral a $ 100.000 y fijó el daño punitivo en $ 1.000.000.
- El tribunal consideró que la empresa de medicina prepaga rescindió el contrato de manera unilateral y arbitraria, sin acreditar que la afiliada hubiera omitido informar una patología preexistente de mala fe.
- Se destacó que la conducta de la empresa revela un alto grado de indiferencia hacia la usuaria que se encontraba en una situación de vulnerabilidad, lo que amerita la aplicación de una multa civil.

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