BALBI, MARIA LUCIA c/ ALMUNDO.COM S.R.L. s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por publicidades engañosas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y condenó a la demandada a entregar productos equivalentes a los publicitados y a abonar una multa por daños punitivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Lucía Balbi, demandó a Almundo.com SRL por considerar que las publicidades digitales que recibió en su cuenta de Facebook sobre vuelos a Londres, Miami y Barcelona eran engañosas.
- La jueza de primera instancia rechazó la demanda al considerar que la actora no probó la existencia de un obrar antijurídico de la demandada.
- La Cámara revocó la sentencia de primera instancia. Consideró que se encuentra acreditada la autenticidad de las publicidades aportadas y que las mismas resultan contrarias a la Ley de Defensa del Consumidor y al Código Civil y Comercial, al generar expectativas incumplidas y contener omisiones que inducen a error.
- En consecuencia, la Cámara condenó a Almundo a entregar productos equivalentes a los publicitados y a abonar una multa por daños punitivos de $250.000, por tratarse de una conducta grave y con impacto social.
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