GIGARED S.A. c/ FO SUDAMERICANA S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La aseguradora fue eximida de responsabilidad por prescripción, confirmada en alzada.
¿Quién es el actor?
Gigared S.A.
- Demandados: FO Sudamericana S.A. y Warranty Insurance Argentina S.A.
- Se reclamaban incumplimientos contractuales garantizados por pólizas de seguro de caución.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda contra FO Sudamericana S.A. pero la rechazó contra Warranty Insurance Argentina S.A. por considerar prescripta la acción.
- En apelación, la Cámara confirmó la sentencia, entendiendo que la relación entre Gigared y la aseguradora era de seguro de caución, con un plazo de prescripción anual, que había operado.
- Si bien la aseguradora se había calificado como "fiadora solidaria", la Cámara consideró que ello no desvirtuaba su carácter de aseguradora, y que el plazo de prescripción aplicable era el del art. 58 de la Ley de Seguros.
- Respecto a la alegada interrupción del plazo, la Cámara consideró que no correspondía computar los intentos previos de demanda, por haber sido declarado el desistimiento.
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