TROMBETA AGUEDA MARIA c/ JOHNSON & JOHNSON s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por daños derivados del uso de lentes de contacto ACUVUE ADVANCE que le habrían causado una grave infección ocular. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó que la actora hubiera utilizado las mencionadas lentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Águeda María Trombetta demandó a Johnson & Johnson de Argentina S.A. por daños derivados del uso de lentes de contacto ACUVUE ADVANCE, que le habrían provocado una grave infección ocular.
- El Tribunal de primera instancia rechazó la demanda por falta de acreditación del uso de las lentes.
- En la apelación, los jueces confirmaron el rechazo, considerando que la actora no logró acreditar que hubiera adquirido y utilizado las lentes de contacto de la demandada, requisito esencial para la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Si bien se acreditó la grave patología ocular sufrida por la actora, no se demostró un nexo causal directo entre ello y el uso de las lentes de Johnson & Johnson. Tampoco se probó incumplimiento de los deberes de información, seguridad y salud por parte de la empresa.
- Los jueces señalaron que era carga de la actora acreditar la relación de consumo con la demandada, lo cual no logró, por lo que correspondía el rechazo de la demanda.
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