CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL BARRIO HARAS DEL PILAR -SECTOR LA PRADERA I- c/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. Y OTROS s/ORDINARIO
El actor promovió demanda contra el banco y una empresa de tarjetas de crédito por el reclamo de reintegro de retenciones impositivas realizadas sobre el cobro de expensas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y ordenó al banco reintegrar las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias e IVA.
¿Quién es el actor?
Consorcio de Copropietarios del Barrio Haras del Pilar—Sector La Pradera I
- Demandados: Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) SA y Prisma Medios de Pago SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reintegro de retenciones impositivas realizadas sobre el cobro de expensas
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al Banco ICBC reintegrar la suma de $ 585.510,61 retenida en concepto de Impuesto a las Ganancias e IVA, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Las expensas no constituyen una ganancia o enriquecimiento para el consorcio, por lo que no están alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias. 2) El cobro de expensas tampoco está alcanzado por el IVA, ya que no se trata de una venta, locación o prestación de servicios gravada, sino del reintegro de gastos comunes a los propietarios. 3) El Banco ICBC actuó como agente de retención de dichos impuestos, por lo que debe reintegrar las sumas retenidas.
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