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MOLINO CHACABUCO S.A. c/ SUPERCLC S.A. s/ORDINARIO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el crédito a favor de la actora, rechazando los agravios de ambas partes sobre indexación, fecha de mora e intereses.

Intereses moratorios Prohibicion de indexacion Cobro de facturas Compraventa de mercaderia Credito comercial

Cobro de facturas impagas por compraventa de mercadería (harina).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda reconociendo un crédito a favor de la actora por $548.258,83 más intereses. Rechazó los agravios de ambas partes sobre indexación, fecha de mora e intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que las facturas no fueron impugnadas y se encontraban registradas en la contabilidad del demandado, por lo que el reclamo de la actora se encontraba debidamente acreditado.
- Respecto a la indexación, la Cámara señaló que está prohibida por las leyes de Convertibilidad y Emergencia Pública, siendo una medida de orden público.
- En cuanto a la fecha de mora, correspondía computarla desde el vencimiento de cada factura, no desde los 10 días posteriores como pretendía el demandado.
- La tasa de interés aplicada por la sentencia de primera instancia fue considerada adecuada, sin que se observe desproporcionalidad.

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