MARTINEZ RANNUCCI, VIRGINIA MARIA c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/SUMARISIMO
La actora promovió demanda contra una empresa de medicina prepaga por el aumento de la cuota al cumplir 26 años. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que declaró nula la cláusula del contrato que habilitaba dicho aumento.
Suspensión del aumento de la cuota de medicina prepaga al cumplir 26 años
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que declaró nula la cláusula contractual que permitía el aumento, por ser abusiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que se trata de una relación de consumo, por lo que deben aplicarse las normas de protección al consumidor, que impiden el aumento diferencial por edad. Además, la información brindada por la empresa no fue clara ni detallada.
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