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CODEGA, MIGUEL ANGEL c/ HSBC BANK ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por ejecución de un contrato de mutuo garantizado con prenda. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia y consideró que la acción ejecutiva prescribió en cinco años, no en uno.

Prescripcion Ejecucion Mutuo Prenda con registro Extincion del privilegio


¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Códega

¿A quién se demanda?

HSBC Bank Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Ejecución de un contrato de mutuo garantizado con prenda sobre un automotor.
- Decisión del tribunal:
- La sentencia de primera instancia declaró prescripta la acción ejecutiva derivada del contrato de mutuo con garantía prendaria, pero no la acción causal.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia, considerando que la acción ejecutiva no prescribió en un año sino en cinco años, al haber caducado la inscripción del contrato prendario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La caducidad de la inscripción del contrato prendario extinguió el privilegio, pero no el derecho de crédito del banco.
- Por lo tanto, el plazo de prescripción aplicable es el general de cinco años del art. 2560 del Código Civil y Comercial, no el de un año del art. 2564 inc. d.

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