CORPO MEDICA S.A. c/ OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENO AIRES s/ORDINARIO
La Cámara Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que condenaba a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires a abonar una indemnización a la empresa proveedora de insumos médicos.
¿Quién es el actor?
CORPO MEDICA S.A.
¿A quién se demanda?
OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (ObSBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $629.442 más intereses por la entrega de un neuroestimulador médico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena a ObSBA, pero modificó el plazo de cumplimiento a 60 días. Rechazó la pretensión de ObSBA de reducir la tasa de interés aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la factura no observada se presume aceptada (art. 1145 CCyC), y que la tasa de interés TABN es el criterio comúnmente empleado en el fuero comercial. Respecto al plazo, si bien ObSBA es un ente público no estatal, ello no habilita la aplicación de reglas especiales de ejecución de sentencias, por lo que corresponde el plazo general de 60 días.
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