HERNANDEZ, DARIO GUILLERMO c/ BANCO PATAGONIA S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por débitos indebidos de un contrato de seguro. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia y eliminó la indemnización por daño moral.
Reintegro de débitos por un contrato de seguro que nunca celebró y resarcimiento por daño moral.
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó la condena al Banco a reintegrar las sumas debitadas indebidamente por el contrato de seguro.
- Se revocó la indemnización por daño moral al no considerarse acreditada.
- Se mantuvo la multa civil impuesta al Banco por su conducta.
- Se confirmaron los intereses capitalizados sobre el daño material.
Fundamentos relevantes:
- La indemnización por daño moral no se presume en el ámbito contractual y debe ser probada por el actor.
- La conducta del Banco al cobrar indebidamente un seguro que el actor nunca contrató justifica la aplicación excepcional de la multa civil por daño punitivo.
- Procede la capitalización de intereses sobre el daño material desde la notificación de la demanda, conforme lo dispuesto en el Código Civil y Comercial.
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