ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ INGECO S.A. - HELPA S.A. - U.T.E. s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por primas adeudadas de un contrato de seguro de caución. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia al ordenar la compensación de los créditos recíprocos de las partes.
¿Quién es el actor?
Alba Compañía Argentina de Seguros SA
¿A quién se demanda?
Ingeco SA
- Helpa SA
- UTE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de primas adeudadas de contrato de seguro de caución
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente el recurso, modificando la sentencia respecto a la forma de compensación de los créditos recíprocos de las partes. En lo demás, confirmó la sentencia de primera instancia.
La sentencia de primera instancia admitió parcialmente la demanda y condenó al demandado al pago de primas adeudadas, con intereses y costas. Además, ordenó al tomador realizar los actos necesarios para liberar al asegurador de las obligaciones del contrato.
La Cámara consideró que:
- Las pólizas de seguro de caución tienen vigencia hasta la extinción de las obligaciones del tomador, la cual no se ha acreditado. Por lo tanto, corresponde el pago de las primas posteriores al 31/07/2019.
- Procede la capitalización de los intereses devengados a favor de la actora, pues estaba prevista en las condiciones generales del contrato.
- La compensación de los créditos recíprocos de las partes debe realizarse desde el momento en que comenzaron a coexistir, compensando los intereses devengados hasta su total cancelación.
- Corresponde mantener la condena al tomador a realizar los actos necesarios para liberar al asegurador, pues está previsto en la documentación contractual.
- Corresponde imponer las costas de la instancia a la parte demandada vencida.
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