Incidente Nº 9 - FALLIDO: COMETRANS S.A. s/INCIDENTE ART 250
Tribunal confirmó de manera provisoria los honorarios asignados a los síndicos en quiebra, ajustando los montos entre ambos estudios según su intervención en la administración del predio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente acción incidental fue elevada a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D, a los fines de entender en los recursos deducidos contra la regulación de honorarios provisorios de los síndicos designados en la quiebra de Cometrans S.A. La Cámara confirmó los honorarios fijados por la jueza de primera instancia, destacando que la diferencia entre los montos asignados a cada estudio contable "deriva de la mayor injerencia que el primero de ellos tuvo hasta la fecha en lo que respecta a la administración del predio", sin que ello implique un criterio inamovible para futuras regulaciones. Por lo tanto, se aprobaron los honorarios provisorios de $30.000.000 para el Estudio Sagardoy Arce, Coppo & Asociados, y de $24.000.000 para el Estudio Di Santo – Fazio – Frumento Bouillet.
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