Incidente Nº 2 - INCIDENTISTA: INTEGRACION DE CAPITAL SOCIAL (ART 150LCQ) s/INCIDENTE
El socio impugnó medidas cautelares decretadas en su contra por falta de integración de capital social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo del planteo, al considerar que no se acreditó debidamente la integración.
¿Quién es el actor?
Guillermo Armando Ramírez, socio de la fallida Nemec SRL
¿A quién se demanda?
Sindicatura de Nemec SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Dejar sin efecto medidas cautelares de inhibición general de bienes decretadas por falta de integración del capital social
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el socio Ramírez, confirmando la resolución que mantuvo las medidas cautelares. La Cámara consideró que si bien el ordenamiento legal no prescribe cómo se debe acreditar la integración de aportes, es válida la producción de cualquier prueba al respecto. Sin embargo, en este caso el socio no aportó nuevos elementos de convicción para desvirtuar las conclusiones de la sindicatura, que advirtió irregularidades en los libros contables. La mera intervención de los libros por la AFIP no es suficiente para acreditar la regularidad de los asientos, si carecen de documentación respaldatoria. Frente a la opinión técnica del síndico, el apartamiento de ésta debe sustentarse en razones serias que demuestren que se halla reñida con principios lógicos o máximas de experiencia, lo que no ocurrió en el caso.
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