TOZZINI, ROBERTO JORGE c/ YPF S.A. s/ORDINARIO
El actor interpuso demanda por daños y perjuicios derivados del hurto de efectos personales en la playa de estacionamiento de la demandada. La Cámara Comercial confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Quién es el actor?
Roberto Jorge Tozzini
- Demandadas: YPF SA y OPESSA (Operadora de Estaciones de Servicio S.A.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de daños y perjuicios por la sustracción de efectos personales (computadora, auriculares, memoria externa, etc.) mientras el actor estacionaba su vehículo en la playa de la estación de servicio de YPF.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Comercial confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que existía una relación de consumo y que las demandadas debían responder por los bienes dejados en el interior del vehículo según el régimen del depósito necesario. Confirmó el monto indemnizatorio por daño material, pero modificó parcialmente en cuanto a la capitalización de intereses.
Fundamentos principales:
- Las demandadas incumplieron su carga probatoria al negarse a aportar documentación relevante (filmaciones, libro de quejas, registros de reclamos), lo que permitió tener por acreditados los hechos alegados por el actor.
- Corresponde aplicar las normas de la Ley de Defensa del Consumidor, que imponen una interpretación favorable al consumidor y distribuyen dinámicamente la carga de la prueba.
- El titular de la playa de estacionamiento responde por los bienes dejados en el interior de los vehículos, salvo que se trate de "bienes de valor" que debieron ser declarados.
- Procede la capitalización de intereses desde la notificación de la demanda, conforme el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
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