MEIJIDE DARDO, ALBERTO Y OTRO c/ FORD ARGENTINA S.C.A. Y OTROS s/SUMARISIMO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un defecto de fábrica en el vehículo adquirido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y ordenó la sustitución del vehículo fallado por otro 0 km.
Que las demandadas le reembolsen los daños y perjuicios por el incumplimiento de contrato.
¿Qué se resolvió?
El juez de grado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a las accionadas a entregar a los actores un vehículo 0 km Ford Focus Titanium 2.0 L automático modelo 2017 o uno que lo hubiera reemplazado. También reconoció daño moral y punitivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El vehículo adquirido por los actores tenía un defecto de fábrica que no pudo ser reparado satisfactoriamente, por lo que el uso del rodado quedó limitado a trayectos cortos y a velocidad precautoria, generando una situación de inseguridad que justifica el daño moral. Si bien las reparaciones se hicieron en garantía, la falta de información sobre otros vehículos con el mismo problema y la persistencia del defecto a pesar de los arreglos, justifica el daño punitivo.
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