PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ COLMEGNA S.A.C. Y F. s/ORDINARIO
La aseguradora de riesgos del trabajo reclamó el reintegro de lo abonado en una condena laboral solidaria. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y ordenó que el reintegro se limite al 50% de lo que exceda las prestaciones del contrato de seguro.
¿Quién es el actor?
Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A. (Provincia ART)
¿A quién se demanda?
Colmegna S.A.C. y F. (Colmegna)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de lo abonado por Provincia ART en una condena laboral solidaria contra ambas partes
¿Qué se resolvió?
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Colmegna a pagar el 50% de lo que exceda de la suma equivalente a las prestaciones dinerarias que Provincia ART debía abonar por el contrato de seguro.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia, confirmando que Provincia ART solo puede repetir el 50% de lo que exceda de las prestaciones del contrato de seguro, pero fijando la fecha de mora desde el pago efectuado por Provincia ART en la condena laboral, y no desde la notificación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La condena laboral se basó en la responsabilidad civil de Provincia ART por incumplimiento del deber de prevención, por lo que corresponde que ambas partes asuman proporcionalmente la condena que exceda de las prestaciones del contrato de seguro.
- Los intereses de la repetición deben correr desde el efectivo pago realizado por Provincia ART en la condena laboral, y no desde la notificación de la demanda.
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