PINTER, JORGE FERNANDO c/ NACION SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por incumplimiento del contrato de seguro de vida colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la demanda al considerar oponibles al asegurado las modificaciones introducidas en la cobertura.
Cobro de indemnización por incapacidad total y permanente por enfermedad, derivada de un contrato de seguro de vida colectivo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró oponibles al actor las modificaciones introducidas en la póliza a partir de noviembre de 2021, que excluyeron de la cobertura los casos de incapacidad por enfermedad, limitándola a supuestos de accidente.
- Ello en base a que Gendarmería Nacional, en su carácter de tomador del seguro, comunicó debidamente a todo el personal esa modificación contractual.
- El actor no cuestionó oportunamente la autenticidad ni el contenido de esa comunicación, por lo que se tuvo por acreditado que fue debidamente notificado.
- En este tipo de seguros colectivos, las modificaciones comunicadas de manera fehaciente al tomador son oponibles a los asegurados.
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