LOPEZ SAUBIDET, PATRICIO c/ GOYENECHEA, ROBERTO s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por comisión de corretaje inmobiliario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y admitió parcialmente la pretensión del demandante.
Cobro de comisión de corretaje y lucro cesante por intermediación en la compraventa de un inmueble
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena al demandado al pago de la comisión de corretaje pactada, pero revocó la indemnización por lucro cesante reclamada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El actor cumplió con su obligación de "poner en contacto" a las partes, al comunicar al demandado que la propietaria había aceptado la oferta de compra, a través de mensajes de WhatsApp cuya autenticidad fue acreditada.
- El demandado incurrió en incumplimiento al desistir de la operación, por lo que corresponde el pago de la comisión pactada.
- La reclamación del lucro cesante equivalente a la comisión pactada con la vendedora no resultó procedente, ya que no existía un pacto expreso que la imponga al demandado.
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