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BARO MARIO JORGE c/ ESTADO NAC MINIST DE JUST SEG Y DDHH POLICIA FED ARG s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Policía herido en persecución de vehículo robado no tiene derecho a indemnización por daños, sino sólo a beneficios previsionales.

Danos y perjuicios Indemnizacion civil Acto de servicio Enfrentamiento armado Policia Beneficios previsionales


¿Quién es el actor?

Mario Jorge Baro, policía federal

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de indemnización por diversos conceptos derivados de lesiones sufridas durante un enfrentamiento armado con delincuentes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma el rechazo de la demanda, entendiendo que al tratarse de lesiones sufridas en el marco de un "acto de servicio" el policía sólo tiene derecho a los beneficios previsionales, sin poder reclamar indemnización por la vía civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal aplica la doctrina del fallo "Azzetti" según la cual los daños sufridos en el marco de "actos de servicio" o "enfrentamientos armados" de las fuerzas de seguridad están excluidos del régimen indemnizatorio civil, limitándose el derecho del damnificado a los beneficios previsionales.
- Si bien inicialmente la jurisprudencia admitía la indemnización civil salvo en casos de "actos bélicos", la Corte Suprema luego modificó el criterio, entendiendo que cualquier daño sufrido en el marco de funciones específicas de las fuerzas de seguridad quedan fuera del sistema civil.

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