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COSTA GABRIELA ADRIANA c/ TELECOM ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

La actora reclamó la entrega y pago de bonos de participación en las ganancias de Telecom Argentina. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó el pago del porcentaje de participación sobre las utilidades de la empresa.

Prescripcion Responsabilidad estatal Bonos Participacion en ganancias Empresa telefonica


¿Quién es el actor?

Gabriela Adriana Costa
- Demandados: Telecom Argentina S.A. y Estado Nacional
- Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por bonos de participación en las ganancias de la empresa Telecom

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar al reclamo y estableció que la indemnización debe calcularse sobre el 2% de las utilidades de Telecom antes de impuestos en cada ejercicio involucrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia revocó el criterio anterior de la Cámara sobre el cómputo del plazo de prescripción, estableciendo que al tratarse de créditos periódicos, corresponde aplicar el plazo de 5 años del Código Civil.
- La responsabilidad de los codemandados fue resuelta por la Corte en el precedente "Gentini", declarando la inconstitucionalidad del decreto que omitía el pago de los bonos.
- Respecto a la cuantificación, se aplica el criterio establecido en el Acuerdo Plenario de la Cámara, que fija el porcentaje de participación en el 2% de las utilidades antes de impuestos.
- Los intereses deben computarse desde la aprobación de los balances hasta el efectivo pago, y la responsabilidad del Estado es por la demora hasta la notificación de la demanda.

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