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COSTA AMERICO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Los trabajadores reclaman derechos sobre el Programa de Propiedad Participada. La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y ordena a Telefónica de Argentina S.A. y al Estado Nacional indemnizar a los trabajadores.

Responsabilidad del estado Programa de propiedad participada Privatizacion Responsabilidad de empresa telefonica Indemnizacion a trabajadores


¿Quién es el actor?

Trabajadores afectados al Programa de Propiedad Participada

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina S.A. y Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar derechos sobre el Programa de Propiedad Participada

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara prescripta la acción por los créditos anteriores a marzo de 2002, pero modifica la sentencia de primera instancia y condena a Telefónica y al Estado a indemnizar a los trabajadores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema declaró inconstitucional el art. 4 del decreto 395/92 que eximió a Telefónica de otorgar acciones a los trabajadores, frustrando sus legítimas expectativas.
- La responsabilidad del Estado se limita a compensar la demora de los trabajadores en obtener los beneficios, mientras que Telefónica debe indemnizar con el 2% de sus utilidades antes de impuestos por cada ejercicio involucrado.
- Las costas se distribuyen en el orden causado dada la complejidad de las cuestiones.

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