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OBRA SOCIAL UNION PERSONAL UNION PERS CIV DE LA NACION c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERV SOCIALES PARA JUBILADOS PENS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La Obra Social Unión Personal promovió demanda por cobro de sumas de dinero contra el INSSJP. La Cámara acogió parcialmente el recurso de apelación del INSSJP y revocó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Obra social Cobertura medica Obligacion Inssjp Anses Jubilados Pensionados


¿Quién es el actor?

Obra Social Unión Personal

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero correspondientes a prestaciones asistenciales y médicas brindadas por la obra social a sus afiliados jubilados y pensionados entre agosto 2001 y febrero 2002.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y admitió la demanda sólo respecto de los beneficiarios que eligieron la cobertura del INSSJP, rechazando el reclamo por el resto de los beneficiarios. Ordenó determinar el monto a pagar por el INSSJP en la etapa de ejecución de sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara interpretó que las obras sociales tienen la obligación de brindar cobertura a sus afiliados jubilados y pensionados, salvo que éstos hayan optado expresamente por la cobertura del INSSJP. El reclamo mal dirigido contra el INSSJP debe ser dirigido a la ANSES, como ente recaudador centralizado de los aportes y contribuciones del universo de pasivos.

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