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FECOVITA COOPERATIVA LIMITADA Y OTRO c/ SAENZ BRIONES Y CIA SAIC Y OTROS s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La Federación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas (Fecovita) solicitó el registro de la marca BRINDIS, la cual fue objetada por Sáenz Briones y Cía. SAIC. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando la reconvención de Sáenz Briones y admitiendo la demanda de Fecovita.

Oposicion Registro Marca Confusion Distintividad Bebidas alcoholicas Brindis


¿Quién es el actor?

Fecovita Cooperativa Limitada

¿A quién se demanda?

Sáenz Briones y Cía. SAIC

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de registro de la marca "BRINDIS" y oposición de Sáenz Briones

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia, rechazando la reconvención de Sáenz Briones y admitiendo la demanda de Fecovita. Consideró que la palabra "brindis" no es descriptiva ni de uso general, por lo que es registrable. Además, no hay similitud confusionista entre "BRINDIS" y "BRINDIS REAL" de Sáenz Briones. Fundamentos relevantes:
- La nulidad de la solicitud de registro carece de fundamento jurídico, pues las solicitudes son peticiones unilaterales que deben ser analizadas por el INPI.
- "Brindis" no es una designación necesaria o descriptiva del producto, ni ha pasado al uso general, por lo que es registrable.
- La expresión "SIEMPRE HAY UN MOTIVO REAL PARA BRINDAR..." de Sáenz Briones se complementa con la marca "REAL", por lo que no hay riesgo de confusión con "BRINDIS".

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