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FERRARI PAULA ALICIA Y OTRO c/ ALDEA GLOBAL SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

Las actoras demandaron el cese de la oposición de la demandada al registro de su marca GO GLOBAL!. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que declaró infundada la oposición interpuesta.

Oposicion Confundibilidad Uso comun Registro de marca Similitud marcaria Globalizacion


¿Quién es el actor?

Paula Alicia Ferrari y María Gabriela Rosello

¿A quién se demanda?

Aldea Global S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "GO GLOBAL!" de las actoras

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, declarando infundada la oposición de Aldea Global S.A. al registro de la marca "GO GLOBAL!". Fundamentos principales:
- No existe "similitud conceptual" entre las marcas en pugna, ya que si bien evocan la idea de globalización, la marca "GO GLOBAL!" es de fantasía, mientras que las marcas de la demandada "AG ALDEA GLOBAL" y "ALDEA GLOBAL" aluden a una comunidad o grupo internacional.
- El vocablo "GLOBAL" es de uso común y está contenido en numerosas marcas registradas, por lo que la palabra distintiva es "GO" en la marca de las actoras, la cual difiere completamente de "ALDEA" y "AG ALDEA" de las marcas de la demandada.
- No se induce a error ni confusión respecto del origen de los productos o servicios que protegen las marcas enfrentadas.
- Se confirma la imposición de costas a la demandada, ya que el allanamiento parcial parece estar dirigido a obtener el levantamiento de una oposición distinta a la de Aldea Global S.A.

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